Conoce cuáles el proceso que deben seguir las universidades a las que se les negó el licenciamiento de Sunedu, además de las opciones que tienen disponibles en caso de reorganización, fusión, entre otros. .
Hasta el momento, son 7 universidades peruanas a las que Sunedu ha negado la licencia institucional, esto debido a que estos centros universitarios no cumplen con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la Ley Universitaria.
Pero, ¿qué pasará con las instituciones universitaria que no cuentan con licenciamiento? o ¿qué opciones tiene disponibles para reorganizarse?
Aquí los procesos, publicado por el Comercio.pe, el cual podrán encontrar con mayores detalles en la página oficial del Sunedu:
La universidad con denegatoria de la licencia institucional debe cerrar en un plazo máximo de dos años, contados a partir del semestre siguiente a la fecha de notificación de la resolución de denegatoria. El plazo de cese debe ser informado a la Sunedu dentro de los 60 días calendarios.
En caso la universidad decida voluntariamente cesar sus actividades de forma total o parcial, el plazo de cese debe ser informado con una anticipación no menor a seis meses al inicio de su ejecución.
En el Reglamento de Fusión, Transformación, Escisión, Disolución o Liquidación de Universidades Privadas y Escuelas de Posgrado se precisa las reglas y criterios que posee la Sunedu en relación a las formas de reorganización por parte de las universidades privadas y/o las escuelas de posgrado.
De estas alternativas pueden participar las:
Dentro de las reglas específicas para las operaciones de escisión u otras formas de reorganización de universidades que segregan uno o más bloques patrimoniales, pero mantienen otros, resultan aplicables las siguientes reglas:
Pasos para la fusión, escisión, entre otras:
Fuente: elcomercio.pe